Olvidar el registro de un huésped no es solo un despiste administrativo; en 2026, con la plena implementación del Real Decreto 933/2021 y las multas y sanciones de SES HOSPEDAJES, los sistemas de control son más automáticos y estrictos que nunca. Desde Registro Parte Viajeros te explicamos como evitar las posibles multas y sanciones de la Administración mediante un cumplimiento impecable de los requisitos legales establecidos en la legislación vigente.
Aquí tienes un desglose detallado de las sanciones y riesgos a los que te enfrentas si no envías el parte de viajeros a tiempo.

Multas y Sanciones de SES HOSPEDAJES: El coste de no registrar a tus viajeros en 2026
La normativa española, amparada en la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana, es muy clara respecto a las obligaciones de los propietarios de alojamientos (hoteles, viviendas turísticas, campings, etc.). El incumplimiento de estas obligaciones se divide en tres niveles de gravedad. Ten en cuenta que cualquier incumplimiento de la obligación de los huéspedes de enviarte los datos necesarios del parte de registro de viajeros siempre serán responsabilidad del anfitrión:
1. Infracciones Leves (de 100 € a 600 €)
Se aplican generalmente por errores de forma o retrasos puntuales.
- Retraso en el envío: Superar el plazo de 24 horas desde el inicio del hospedaje.
- Datos incompletos: Enviar el parte pero omitir campos no críticos (siempre que no sea algo sistemático).
- Errores de transcripción: Fallos menores al copiar los datos del DNI o pasaporte.
2. Infracciones Graves (de 601 € a 30.000 €)
Aquí es donde el riesgo financiero se dispara. Se considera grave:
- No enviar el parte: La omisión total de la comunicación de los datos de un viajero.
- Falta de registro del establecimiento: No estar dado de alta en la plataforma correspondiente (SES.HOSPEDAJES o las plataformas de policías autonómicas).
- No conservar los registros: La ley obliga a guardar el «Libro-Registro» (en formato físico o digital) durante 3 años. No disponer de ellos en una inspección es motivo de sanción grave.
- Reincidencia en errores leves: Si acumulas varios retrasos o envíos incompletos tras haber sido avisado.
3. Infracciones Muy Graves (de 30.001 € a 600.000 €)
Estas sanciones son poco comunes para el pequeño propietario y suelen reservarse para casos de:
- Resistencia a la autoridad: Negarse de forma reiterada a colaborar en una inspección.
- Falsedad documental intencionada: Ocultar a sabiendas la identidad de personas buscadas o facilitar datos falsos masivamente.
Los tres «puntos críticos» que vigila la autoridad
Para evitar estas multas, debes prestar atención a los tres pilares que las fuerzas de seguridad revisan en 2026:
| Punto Crítico | Obligación Legal | Riesgo de Multa |
| El Plazo | Máximo 24 horas tras el check-in. | Leve si es puntual, Grave si es sistemático. |
| La Exactitud | Debe incluir datos de pago y contacto (RD 933/2021). | Grave si faltan datos obligatorios del nuevo decreto. |
| El Almacenamiento | Conservar el registro 3 años. | Grave (hasta 30.000 €). |
¿Cómo evitar estas sanciones de forma sencilla?
El envío manual en la web del Ministerio es el camino más rápido hacia el error humano. La mayoría de los propietarios que evitan multas en 2026 utilizan herramientas de automatización que:
- Escanean el DNI/Pasaporte: Evitan errores de escritura.
- Envío Instantáneo: En cuanto el huésped firma el parte digital desde su móvil, los datos se envían a la autoridad.
- Custodia Digital: El software guarda el libro-registro por ti durante los 3 años legales en la nube, protegido contra pérdidas o incendios.
Un dato importante: La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) también está multando con fuerza (hasta 70.000 € en casos extremos) a quienes escanean o fotocopian el DNI de forma innecesaria o sin medidas de seguridad. ¡Cuidado con cómo guardas esa información!
