Las obligaciones legales del registro de viajeros en España han experimentado una transformación profunda con la plena aplicación del Real Decreto 933/2021. Desde el 2 de diciembre de 2024, el cumplimiento de estas obligaciones no es solo una recomendación, sino un requisito crítico para cualquier persona física o jurídica que ejerza una actividad de hospedaje (hoteles, apartamentos turísticos, casas rurales, hostales, etc.).
El objetivo central de esta normativa es mejorar la seguridad pública mediante la digitalización y centralización de la información.

1. La plataforma obligatoria: SES.Hospedajes
Las principales obligaciones legales del registro de viajeros en España tienen que ver con la la plataforma oficial SES.Hospedajes, gestionada por el Ministerio del Interior. Para operar en ella, los establecimientos deben estar dados de alta y acceder mediante métodos de identificación digital seguros, como el certificado digital, el DNI electrónico o el sistema Cl@ve.
Desde Registro Parte Viajeros automatizamos el envío de los datos del parte de viajeros requeridos por el Ministerio del Interior por sólo 3€ al mes por propiedad, garantizando que cumples las obligaciones legales y que los datos de tus huéspedes están seguro, gracias a nuestro cifrado de la mayor calidad. Evita errores en el envío con nuestro servicio
2. Información requerida: ¿Qué datos debes recopilar?
La normativa exige la recogida de un volumen de datos más amplio que en el pasado. Se deben distinguir dos tipos de información:
- Datos del viajero: Nombre y apellidos, sexo, tipo y número de documento de identidad (DNI, pasaporte, TIE), número de soporte, nacionalidad, fecha de nacimiento, dirección completa (habitual), teléfono móvil y correo electrónico.
- Datos de la transacción y estancia: Fecha y hora de entrada y salida, identificación del medio de pago (tipo, titular, etc.), número de viajeros y la relación de parentesco en caso de menores de edad.
Con nuestra aplicación puedes escanear el código MRZ del documento de identidad de tus huéspedes, sin necesidad de realizar una foto del DNI, actividad que realizan muchos anfitriones y que sin embargo, es ilegal, ya que estás exponiendo una serie de datos personales no necesarios para la obligación del registro de viajeros. Incurriendo además en la posibilidad de la sustracción de estas imágenes lo cual causaría un perjuicio a los huéspedes y conllevaría sanciones legales.
Importante: Todos los huéspedes mayores de 14 años deben firmar el parte de entrada (se admiten firmas electrónicas validadas).
3. Plazos de comunicación
La ley es estricta con los tiempos de envío. La información debe ser comunicada en un plazo máximo de 24 horas desde que ocurren dos momentos clave:
- La formalización de la reserva (o su cancelación).
- El inicio de los servicios contratados (el momento del check-in).
4. Conservación y protección de datos
- Archivo: Los sujetos obligados deben mantener un registro informático actualizado de todos los datos recopilados durante al menos 3 años desde la finalización del servicio.
- Protección (RGPD): Dado que se manejan datos personales sensibles, es obligatorio implementar medidas de seguridad (cifrado, control de acceso, autenticación multifactor) y proporcionar al huésped la información necesaria sobre el tratamiento de sus datos conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
5. El riesgo del incumplimiento
No cumplir con la obligación de registro o no comunicar los datos en los plazos establecidos se considera una infracción administrativa grave según la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana. Las sanciones económicas pueden oscilar significativamente, alcanzando hasta los 30.000 euros en casos de incumplimiento reiterado o grave.
Además del registro de viajeros en el momento del check-in, a partir de febrero de 2026 se establecen unas obligaciones legales del registro de viajeros en España, el NRUA o registro anual. A partir de ese momento, deberemos recopilar las fechas de entrada y salida de huéspedes y el número de los mismos y enviarlos al Registro de la Propiedad a través del programa N2. Para cualquier duda sobre la materia, consulten nuestras guías.
