Muchos propietarios prefieren pedirle una fianza a sus huéspedes para poder garantizar el reembolso de posibles daños en la viviendas vacacionales sin tener que estar acudiendo a costosos procedimientos jurídicos y para sustituir o complementar los típicos seguros del alquiler vacacional.
Desde Registro Parte Viajeros respondemos las dudas de los propietarios de los alojamientos y de los huéspedes sobre la fianza en viviendas vacacionales

¿Cómo funcionan la fianza en viviendas vacacionales?
Una fianza es una cantidad de dinero que se entrega como forma de garantía del adecuado cumplimiento del contrato, en el caso de los alquileres cubre además los daños o desperfectos que pueda sufrir la propiedad durante el periodo del alojamiento. Nos da la seguridad de que la propiedad va a estar en perfecto estado y a los clientes les da la seguridad de que solo se va a retener una cantidad estipulada por contrato y que les será reembolsada si se hace un uso responsable del alojamiento.
En España las fianzas en viviendas vacacionales no están reguladas en un único sitio, sino que cada Comunidad Autónoma puede realizar su propia legislación sobre las viviendas vacacionales y sus especialidades, incluidas las fianzas y las obligaciones que generan.

¿Qué cubre la fianza para alquileres de viviendas vacacionales?
Las fianzas actúan como garantía monetaria ante daños o desperfectos causados durante el alojamiento de los huéspedes. Entre otras, cubren las siguientes eventualidades:
- Daños a la vivienda en sí: daños en paredes y muros, jardines, instalación eléctrica y de fontanería.
- Daños al mobiliario o electrodomésticos de la vivienda.
- Daños o manchas de difícil reparación en sábanas, toallas, cortinas u otros textiles.
- Falta extrema de limpieza.
- Incumplimientos de las normas del alojamiento.
- Consumos no incluidos en el contrato de alojamiento.
- Denuncias por ruidos y otras relacionadas con el orden público.
Las fianzas no cubren los deterioros o daños producidos por el uso normal, natural y responsable de la vivienda, ni tampoco cualquier otro problema que ocurra sin ser consecuencia de las actividades de los huéspedes.
¿Qué cantidades se pueden pedir de fianza?
No se establecen cantidades estandarizadas para las fianzas de alquileres vacacionales, como sí las hay en los arrendamientos urbanos. Sin embargo, se recomienda pedir una cantidad fija dependiendo de la entidad del alojamiento y la cantidad de días de estancia que puede variar entre los 100 y los 500€ para los alojamientos.
Según plataformas como Airbnb esta sería la opción más recomendable, pero también existe la opción de cobrar un porcentaje sobre el total de la reserva, estaría en torno a un 20%.
¿Cuándo se devuelve la fianza?
La fianza se suele devolver después de haber comprobado que no existen incidencias o daños en la propiedad, lo más común es devolverla en el plazo de 24 a 72 horas desde la salida de la propiedad, aunque puede ampliarse más días si lo considerara necesario para verificar el estado de la propiedad.
La devolución de la fianza se realizará por el mismo medio por el que la hubiera recogido, si ha usado una plataforma online para la gestión de las mismas, este será el método para su devolución. Si por el contrario hubiere realizado el cobro de la fianza a través de transferencia bancaria directa o con tarjeta, este será el método adecuado para su devolución.
¿En qué casos puedo pedir la fianza en mi vivienda vacacional?
Puede pedirla en cualquier alojamiento de pago que se realice en su vivienda vacacional, no importa la duración de la estancia, ni la cantidad de plazas alojamiento de que disponga. Desde las plataformas se recomienda que siempre requiera el depósito de una fianza en los contratos de alojamiento, puesto que le aporta la seguridad que necesita para su negocio y al ser práctica habitual es aceptada por los huéspedes.

¿Qué pasos debo seguir para fijar la fianza?
Aunque no es requerido pues se puede acordar verbalmente el primer paso siempre será el de acordarlo por escrito en el contrato de alojamiento, recomendamos establecer unas condiciones específicas y fijar la cantidad de la fianza.
En segundo lugar, mantener siempre un inventario de los bienes del inmueble, con fotos para poder demostrar los posibles daños que pudiera haber recibido el mobiliario.
En tercer lugar, comunica siempre a tus huéspedes los daños o incidencias exactas por las que se le retendrá el importe de la fianza. Para evitar problemas legales, siempre es necesario dejar muy claro cual ha sido el incumplimiento o el daño a la hora de cobrar la fianza.
¿Qué pasa si los daños son superiores al importe de la fianza?
Aunque se haya constituido fianza, muchos alojamientos prefieren contratar un seguro para sus establecimientos, pues pueden detectarse daños o incidencias cuyo coste sea superior a la cantidad depositada por los huéspedes. Así se suelen evitar problemas entre viajeros y propietarios de alojamientos sin necesidad de depositar cantidades excesivas.
Si usted hubiera contratado un seguro podrá seguir cobrando la fianza por los daños que hubiera podido sufrir en su propiedad como consecuencia de la actividad de los huéspedes, pero en ningún caso deberá pasarle al seguro factura de incidencias ya cubiertas con la cantidad del depósito, puesto que podría incurrir en problemas con la compañía aseguradora.
Además, si contrata un seguro y este le paga por los daños, si estos fueran excesivos, los seguros podrán iniciar un procedimiento judicial contra el huésped, ahorrándole el coste en tiempo y dinero que tiene acudir a los mismos.
Consulta nuestras guías de alquiler vacacional en Registro Parte Viajeros para que tu vivienda siempre cumpla con la legislación y ahórrate un disgusto.




