¿Es legal pedir una foto del DNI al huésped? La respuesta es NO. (ACTUALIZACIÓN 2025)

💥 La AEPD acaba de pronunciarse. En el mundo del turismo y el alojamiento, cumplir con la ley no siempre es tan sencillo como parece. Uno de los temas que más dudas genera entre propietarios, gestores y empresas del sector es este:

¿Puedo pedirle una copia del DNI a mis huéspedes para cumplir con la normativa?

Es una pregunta muy frecuente. Muchos establecimientos, por costumbre, por sencillez o por “precaución”, siguen recogiendo copias del documento de identidad de los clientes… sin saber que esta práctica es ilegal y que las multas no son ninguna broma.

📢 Te vamos a explicar la NOTA DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS con relación a la solicitud de copias de documentos de identidad en hospedajes para dar cumplimiento al Real Decreto 933/2021. Puedes consultarla aquí: 👉 Nota AEPD – Registro de hospedajes

📜 El Real Decreto 933/2021: qué dice realmente

En octubre de 2021 se aprobó el Real Decreto 933/2021, que regula la obligación de registrar datos de las personas que usan servicios de hospedaje (y también de alquiler de vehículos). Su finalidad es clara: colaborar con las fuerzas de seguridad para prevenir delitos y garantizar la tranquilidad ciudadana.

Este decreto exige a los alojamientos recoger y comunicar ciertos datos identificativos de los huéspedes antes de que comience la estancia, pero hay algo muy importante que debes tener en cuenta:

El Real Decreto NO exige que se solicite ni se guarde una copia del DNI o del pasaporte.


🚫Entonces, ¿Pedir copia del DNI? NO: lo dice la AEPD

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sido muy clara al respecto:
No se debe solicitar una copia del documento de identidad.

¿Por qué?

Porque pedir o almacenar una copia del DNI o pasaporte vulnera el principio de minimización de datos del artículo 5.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Este principio establece que solo se pueden tratar los datos estrictamente necesarios para la finalidad prevista.

Y una copia del documento de identidad contiene muchos más datos de los que necesitas:

  • Fotografía
  • Fecha de caducidad
  • Nombre de los progenitores
  • Código CAN
  • Y otros muchos datos

Además, guardar estos documentos aumenta el riesgo de robo de identidad, filtraciones de datos o uso indebido, algo que puede acabar en sanciones muy serias por parte de la AEPD.

🤯 Esto no es todo… hay multas

Sí, además de ser una práctica no permitida, puede salir cara. El RGPD prevé multas de hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio anual global, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Por eso, insistimos: no pidas ni guardes copias del DNI de tus huéspedes. No es legal, no es necesario y no es seguro.


 ¿Qué datos sí puedes y debes recoger?

Volvemos al Real Decreto 933/2021. En su Anexo I (apartados A.3, A.4, B.3 y B.4) detalla la información obligatoria que debes recopilar:

  • Nombre y apellidos
  • Número de documento de identidad (DNI, pasaporte o equivalente)
  • Nacionalidad
  • Fecha de expedición y validez del documento
  • Domicilio
  • Medio de pago y datos del titular (si aplica)
  • Teléfono y correo electrónico 
  • Etcétera.

👁️‍🗨️ ¿Y cómo verifico los datos sin copia?

Aquí es donde muchos se asustan. Pero no te preocupes: verificar los datos no implica guardar el documento.

Según la AEPD:

  • Presencialmente, basta con una verificación visual del documento de identidad. Es decir, comparas los datos facilitados con el documento en mano del huésped.
  • Online, puedes, según la ley, usar métodos como:
    • Certificados digitales
    • Verificación cruzada con los medios de pago 
    • Códigos de autenticación enviados por SMS o correo
    • Otros factores de autenticación válidos

En resumen: hay formas de verificar sin almacenar. Cumples la ley y proteges la privacidad de tus huéspedes.

🛡️ ¿Y cómo me aseguro de hacer todo bien?

Aquí es donde entramos nosotros. (www.registroparteviajeros.com)


💡 En Registro Parte Viajeros te lo ponemos fácil (y legal)

En Registroparteviajeros.com hemos diseñado una solución integral que cumple al 100% con el Real Decreto 933/2021, el RGPD y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).

¿Qué hacemos por ti? Entre otras cosas pues:

✔️ Recogemos únicamente los datos exigidos por ley.
✔️ No solicitamos ni almacenamos copias de documentos.

✔️Te avisamos si el huésped no rellena el parte.
✔️ Nos comunicamos y enviamos los partes directamente al Ministerio del Interior.

En otras palabras: te ayudamos a cumplir sin complicarte la vida.

Y si hay cambios normativos, nos adaptamos por ti, porque nuestra plataforma evoluciona con la ley.


🧾 ¿Qué leyes debes tener en cuenta?

Por si quieres profundizar, estas son las principales normativas que regulan el tratamiento de datos y la actividad de hospedaje en España:

  • Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre
  • Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) – Reglamento (UE) 2016/679
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD)
  • Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Orgánica 4/2015), que también regula parte de las obligaciones en materia de identificación de huéspedes

 Conclusión: protege tu negocio, protege a tus huéspedes

En el sector del alojamiento, la confianza lo es todo. Y esa confianza empieza por proteger los datos de tus clientes.

No pidas copias del DNI. No las necesitas, no son legales y no ayudan a cumplir mejor con la ley.
Hazlo bien, hazlo fácil y hazlo seguro.

En Registro Parte Viajeros  estamos aquí para ayudarte a cumplir con la normativa, proteger la información de tus huéspedes y evitarte problemas.

👉 ¿Quieres saber más? Escríbenos y te ayudamos paso a paso. (Whatsapp)

Fuentes consultadas:

  • Real Decreto 933/2021
  • RGPD – Reglamento (UE) 2016/679
  • Nota informativa de la AEPD – Junio 2025
  • LOPDGDD – Ley Orgánica 3/2018